Megajuicio: rechazan por «inadmisible» recurso contra tribunal que definirá prisiones

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La Justicia rechazó por «inadmisible» un planteo formulado por los defensores del exgobernador Sergio Urribarri, Leopoldo César Cappa, Fernando Burlando y Javier Ignacio Baños, que pretendieron llevar a Casación la queja contra la resolución del 19 de junio último que había dejado firme la conformación del tribunal que deberá analizar el pedido del Ministerio Público Fiscal para que se hagan efectivas las condenas aplicadas en 2022 en el marco del megajuicio.

El entredicho surgió a partir de la conformación de ese tribunal para definir un pedido fiscal y que quedó integrado por los jueces de Garantías N° 4 y N°5 de Paraná, Julián Carlos Vergara y Elvio Osir Garzón, y por la vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones María Carolina Castagno. Los defensores de Urribarri reprocharon que la inegración del tribunal no la puede hacer un tribunal sino la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA), un organismo administrativo que depende de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Pero una resolución firmada por los jueces María Carolina Castagno, Carola Bacaluzzo y Julián Vergara dejó sentado que «observa que el resolutorio atacado -rechazo de recurso de reposición- no constituye, ni por su naturaleza, ni por sus efectos, sentencia definitiva, ni resulta factible interpretar que se trate de una resolución de la que, excepcionalmente, pudiera ser asimilada por sus peculiares efectos auna sentencia definitiva (…); y la defensa tampoco alcanzó ademostrar el agravio actual que le genera la decisión adoptada por éste Tribunal, a efectos de equipararla a un pronunciamiento de carácter definitivo y habilitar la intervención de la Cámara de Casación».

Así pues, «solo cabe entonces declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto contra la resolución de fecha 19 de junio de 2024 dictada por éste Tribunal».

De ese modo se cierra -aunque es dable presumir que no se agota- la pelea del exgobernador Urribarri contra la petición fiscal de que se hagan efectivas las condenas dictadas más de dos años atrás en el marco del megajuicio.

Las condenas; los recursos

El 7 de abril de 2022 el exgobernador Sergio Daniel Urribarri fue condenado a 8 años de cárcel en el marco del megajuicio, una investigación penal que indagó sobre el sistema de retornos en el Estado en la contratación de la instalación de un pelotero en Mar del Plata, la organización de la Cumbre de Presidentes del Mercosur en Paraná, en 2014, y la injerencia de dos empresas que se adjudicaron al cuñado del exgobernador, Juan Pablo Aguilera, en el manejo de publicidad gubernamental en vía pública.

El proceso se había iniciado en 2021, en medio de la pandemia de coronavirus, y estuvo a punto de naufragar. La acusación la llevó adelante la exProcuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche junto a los fiscales Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull. A poco de arrancar las audiencias, Goyeneche debió apartarse, fue sometida a un proceso de jury y el 24 de mayo de 2022 fue destituida acusada de mal desempeño.

Casi dos años después de aquella condena en el megajuicio, el 18 de abril de 2024, los fiscales Ignacio Aramberry, Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull se presentaron ante la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) y pidieron la «inmediata detención» del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, y prisión preventiva para el exgobernador Sergio Urribarri, y su cuñado, Juan Pablo Aguilera. Los tres fueron condenados en 2022 en el marco del megajuicio: a Báez le aplicaron 6 años y 6 meses; a Urribarri, 8 años; y a Aguilera, 6 años y 6 meses.

Recién a finales de mayo quedó integrado el tribunal que debía resolver esa petición: lo conforman María Carolina Castagano, Julián Carlos Vergara y Elvio Osir Garzón. En medio, la defensa del exgobernador Sergio Urribarri planteó un recurso de reposición y sostuvo que el organismo que debía integrar el tribunal es la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) y no el tribunal que finalmente lo resolvió.

En el ínterin, el exministro Báez solicitó que en vez de la cárcel ser beneficiado con arresto domiciliario por razones de salud.

El tribunal conformado por los jueces Carolina Castagno, Julián Vergara  y Carola Bacaluzzo aceptó la inhibición del juez Santiago Brugo y aceptó la recusación del juez Juan Francisco Malvasio, y de ese modo se abrió el camino para conformar el equipo de magistrados que definirían el pedido de Fiscalía para enviar a la cárcel al exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez; y aplicar prisión preventiva al exgobernador Sergio Urribarri y a su cuñado, Juan Pablo Aguilera, los tres condenados en el marco del megajuicio.

El tribunal encargado de resolver esa petición quedó integrado por los jueces Carolina Castagno, Julián Vergara y Elvio Garzón.

El pedido de los fiscales para que se hagan efectivas las condenas ocurrió después de que el 17 de abril la Sala Penal rechazara el recurso de queja presentado por el exgobernador Sergio Urribarri contra la sentencia del megajuicio, remedio a través del cual intentó poner en cuestión la condena a 8 años de cárcel dictada en 2022 en el marco del megajuicio.  La Sala Penal rechazó «por inadmisibles»  los recursos de queja articulados por los  defensores José Raúl Velázquez e Ignacio Esteban Díaz, en carácter de defensores técnicos de Germán Buffa; Raúl Enrique Barrandeguy y José Candelario Pérez, en carácter de defensores técnicos de Sergio Daniel Urribarri; Emilio Fouces, en carácter de defensor técnico de Gerardo Daniel Caruso;  Juan Antonio Méndez, en carácter de defensor técnico de Gustavo Rubén Tamay; Miguel Angel Cullen, en carácter de defensor técnico de Corina Cargnel y Emiliano Giacopuzzi; y  Marcos Rodríguez Allende, en carácter de defensor técnico de Luciana Almada y Juan Pablo Aguilera, contra la Resolución Nº 155 dictada por la Cámara de Casación Penal, Sala I, de esta ciudad, en fecha 25 de agosto de 2023, con costas».

Lo que debía seguir era la constitución del tribunal para evacuar la petición de los fiscales respecto de las prisiones. El miércoles 19 se resolvió la cuestión.

Se presentaron los fiscales Leandro Dato, Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull y solicitaron el rechazo del recurso de reposición de los defensores de Urribarri y que se confirmara la conformación del tribunal.

Los jueces María Carolina Castagno, Julián Carlos Vergara y Carola Bacaluzzo rechazaron la pretensión de los defensores. Señalaron que «el recurso articulado no es procedente, habida cuenta que el intentado se abre solamente en contra de las resoluciones dictadas sin sustanciación, vale decir sin intervención o audiencia de partes, de manera que la parte que no ha sido oída antes de dictarse el pronunciamiento, que directamente la agravia, tiene la oportunidad por medio de escrito fundado de lograr la rectificación de lo resuelto; quedando excluídas de este remedio todas las decisiones sobre el fondo, se impone entonces, que la motivación ha de ser de naturaleza procesal, por error de juicio o inobservancia del procedimiento».

Los defensores de Urribarri se presentaron el 2 de este mes y pidieron llevar el caso a la Cámara de Casación Penal, camino que encontró una valla: el Tribunal de Juicios y Apelaciones rechazó por inadmisible esa petición este miércoles 3.

«En el caso lo que se cuestiona es la decisión de éste Tribunal de dejar integrado en definitiva el mismo con los Sres. Jueces de Garantías N° 4 y 5 de ésta capital, Dres. Julián Carlos Vergara y Elvio Ozir Garzón y quien preside, María Carolina Castagno, Vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones N° 1 de ésta capital. De la mera compulsa de las constancias obrantes en el presente legajo, fácil se advierte que dicha integración del Tribunal fue informada por la Subdirección de la Oficina de Gestión de Audiencias en su detallado y minucioso informe de fecha19.04.2024, invocando la normativa aplicable a los efectos de la respectiva integración». Al respecto, apuntó que «mal se puede invocar su desconocimiento y menos aún afirmar que éste Tribunal se arrogó facultades que no son del ámbito de su competencia, pues como se observa ha sido la Oficina de Gestión de Audiencias quien informó la conformación del Tribunal, tal como lo reclaman los recurrentes».

Urribarri fue condenado el 7 de abril de 2022 a 8 años de cárcel por el delito de peculado por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná. Esa condena fue confirmada el 31 de mayo de este año por la Cámara de Casación Penal de Paraná, que en agosto pasado negó la impugnación extraordinaria, por lo que el caso llegó en queja a la Sala Penal del STJ.

Las prisiones

La petición de Fiscalía apunta a la “inmediata detención” de Baez, Urribarri y Aguilera.

Respecto del exministro de Cultura y Comunicación, al rechazar la Sala Penal del STJ la queja planteada contra la condena del megajuicio, “se desprende que la defensa del condenado Pedro Ángel Báez no interpuso recurso alguno contra la sentencia dictada por la Cámara de Casación, por lo cual la misma ha quedado firme”.

En ese sentido, plantearon que “la sentencia que condena al mencionado a la pena de 6 años y 6 meses de prisión se torna ejecutoria, por lo que se solicita se disponga la inmediata detención del mismo y su traslado a Unidad Penal Nº 1 de la ciudad de Paraná, conforme doctrina de esa Excelentísima Sala en lo Penal”.  El argumento es que la defensa de Baéz no presentó recurso alguno contra la decisión de la Cámara de Casación Penal, que en 2023 ratificó la condena y rechazó el recurso extraordinario.

En cuanto a Urribarri y Aguilera, “ante el rechazo por mayoría de esa Sala del recurso de queja por denegatoria de impugnación extraordinaria, entendemos que la instancia provincial está próxima a agotarse para que la sentencia de condena se torne ejecutiva”. En ese marco, el Ministerio Público Fiscal, y “a los fines de hacer efectiva la aplicación de la ley penal y que no se torne ilusoria la sentencia”, propusieron, “se impone asegurar su cometido a través de medidas efectivas que garanticen el cumplimiento de lo dispuesto”.

“Frente a esta nueva situación, cobra especial relevancia el denominado riesgo de fuga”, dicen los fiscales, y por cuanto, en función de la jurisprudencia de la Sala Penal, “se encuentra cercana en el tiempo la posibilidad que se torne ejecutoria la condena impuesta a los encausados”.

Con ese razonamiento, se pidió que se “disponga la inmediata prisión preventiva” de Urribarri y de su cuñado Aguilera. “En subsidio, para el caso de no hacer lugar al pedido de prisión preventiva, interesamos que se les imponga cauciones acordes a la naturaleza y entidad de las condenas impuestas, junto con la prohibición de salida del país, efectuando las comunicaciones correspondientes a la Dirección Nacional de Migraciones, Policía Federal Argentina y a la Policía Provincial; disponiéndose que deberán asistir una vez a la semana a la Comisaría correspondiente a su domicilio, a fin de dar cuenta de sus lugares de residencia”.

Báez ya se adelantó y pidió que se le aplique prisión domiciliaria por cuanto entiende, a través de una presentación que hizo su defensor Ignacio Díaz de que la Unidad Penal no le garantiza las condiciones necesarias para tratar su cuadro de diabetes.

El miércoles 29, a las 9, en los Tribunales de Paraná, se resolverán los planteos contra dos jueces que deben integrar el tribunal para resolver las prisiones, que se integró con María Carolina Castagno, Santiago Brugo y Juan Francisco Malvasio. Brugo se inhibió de intervenir, y Malvasio fue recusado.

La situación de esos dos magistrados será resuelta por un tribunal conformado por María Carolina Castagno y los jueces de Garantías Julián Vergara y Carola Bacaluzzo. La expectativa es que finalmente se deje conformado el tribunal que analice los pedidos de prisión, aunque resta que se pronuncie también la Sala Penal del STJ. Si la Sala Penal acepta el recurso extraordinario, no tendrán chances los pedidos de prisión; pero si hay rechazo, Urribarri, Báez y Aguilera, y el resto de los condenados terminarán con sus huesos en la cárcel.

Redacción

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