Los fiscales Juan Francisco Ramírez Montrull y Gonzalo Badano solicitaron que la causa por presunto enriquecimiento ilícito del exministro y exdiputado Pedro Báez, y su esposa Sofía Riquelme, sea enviada a juicio por contar ya con todas las pruebas necesarias. El abogado defensor, José Velázquez, pidió el sobreseimiento de la mujer por prescripción de la acción penal por violación del plazo razonable, así como solicitó una pericia de los contadores del Superior Tribunal de Justicia. La Fiscalía se opuso a ambos pedidos. Deberá resolver la jueza de Garantías, Elisa Zilli.
El defensor Velázquez planteó:
• La causa fue iniciada de oficio en octubre de 2016. Esto tiene relevancia porque significa una clara decisión política criminal de investigar este hecho. En este caso fue la doctora Cecilia Goyeneche que revisó las noticias sobre la dificultad de que Pedro Báez pruebe sus bienes, y se realiza la apertura de la investigación. Se hace la apertura el 1° de noviembre de 2016. Este año cumpliríamos nueve años. Durante el proceso se produjeron distintas evidencias. Tanto es así que en diciembre de 2017 la defensa ha aportado un informe de carácter contable a los efectos de justificar el patrimonio. Y recién el 6 de noviembre de 2023 se realizó la intimación a Pedro Báez por enriquecimiento.
• Teniendo esta circunstancia, habiendo explicado este hecho, solicito en primer lugar el sobreseimiento por prescripción y violación del plazo razonable. El delito de enriquecimiento ilícito prevé una pena de dos a seis años, más la multa. El Código Penal dice que no puede transcurrir mucho tiempo más del máximo de la pena. Si uno analiza la apertura de la investigación hasta la indagatoria de Sofía Riquelme, han superado ampliamente los seis años.
• Tras la apertura de la investigación, se presentó con abogado. El CPP entiende que ella ya es imputada. Y en ese contexto de imputada tuvo conocimiento del hecho, pudo dar explicaciones, ejercer su derecho de defensa, se hizo un acuerdo con el MPF para ingresar a realizar una inspección en los inmuebles de la familia Báez Riquelme. El plazo razonable es para que se resuelva el estado de sospecha, no se puede estar en un estado de sospecha casi nueve años. Se entiende que esta garantía se incluye en el derecho de defensa en juicio. Se puede solicitar el sobreseimiento aún antes de la indagatoria.
• El encausado no es responsable por la celeridad o diligencia de quienes llevan adelante las investigaciones, esta responsabilidad es del MPF, se ha excedido notablemente el plazo razonable. Por lo tanto, solicito la prescripción por extinción de acción pública sobre Sofía Riquelme. Ella se encuentra separada de pedro Báez hace muchísimo tiempo, lo cual se vuelve más visible la necesidad de resolverlo.
• Riquelme, actualmente jubilada, no ha sido funcionaria ni ha participado de decisiones políticas de un gobierno. Ella ha sido empleada del IAPV, mas allá de haber cumplido roles como en el Copnaf. No ha dirigido una cartera. La tolerancia a las respuestas que se pueden dar sobre su patrimonio es mucho menor que la espalda que pueda tener Pedro Báez.
• Es oportuno que se designe un perito del Superior Tribunal como indica la Ley, nosotros llevaremos nuestro especialista, el MPF el suyo, y ahí se analizará todo lo reunido hasta la fecha. Esto no se puede elevar a juicio sin una pericia oficial.
Los fiscales Ramírez Montrull y Badano respondieron:
• La declaración de imputada está dentro del plazo de tres meses, se tomó declaración de imputado a Báez el 11 de diciembre de 2024, y el 20 de marzo de este año a Riquelme. Por eso no es aplicable el precedente del fallo Cozzi. Además, se debe considerar que en el precedente “Ullman”, la vocal del STJ Claudia Mizawak en su voto entiende, al analizar un planteo igual, que la consecuencia de haberse afectado el plazo razonable sería la imposibilidad de incorporar nuevas pruebas, no el sobreseimiento de los imputados.
• El plazo de prescripción se suspendió durante el tiempo que Pedro Báez se desempeñó como legislador provincial, desde diciembre de 2015 hasta diciembre de 2019, lo cual también afectaría a Sofía Riquelme por su participación en el delito.
• Este miércoles, el Ministerio Público Fiscal solicitó la remisión de la causa a juicio para ambos imputados, donde se ha invocado una basta prueba. Según la tesis de Fiscalía está probado el hecho y se logró analizar toda la prueba donde se acredita que Báez se enriqueció ilícitamente en un monto cercano a 650.000 dólares y que tuvo la participación necesaria de Riquelme, quien no tuvo un rol pasivo. Ella no pudo justificar el patrimonio incorporado con fondos ilícitos, realizó mejoras a la vivienda de calle Cervantes, una casa de lujo con sauna, jacuzzi, ascensores, toda la tecnología, hasta el día de hoy la disfruta; compró un inmueble en calle Jozami donde hizo construcciones, una casa quinta con todos los lujos
• No solo compró inmuebles, sino que en distintas oportunidades compró y cambió autos, hizo aportes con fondos sin justificar a la sociedad Innova Turismo. Hizo viajes al exterior, constituyó plazos fijos. No tuvo un rol pasivo, sino que posibilitó el entramado para adquirir bienes en forma ilícita, para gozarlos y también ocultarlos. No corresponde de ninguna manera el sobreseimiento de ninguno de los imputados.
• En cuanto a la insubsistencia de la acción penal, está cerrada la investigación, remitimos la causa a juicio y aportamos todos los elementos contundentes a los fines de probar, y se pidió pena efectiva para ambos imputados.
• Se debe tener en cuenta la complejidad de la investigación. La presencia de múltiples personas sospechadas, no solo por Sofía Riquelme sino se investigó un abanico de personas, empresas, sociedades, propiedades, empresas vinculadas a una persona que estaba cumpliendo un rol transcendente de los más importantes en la provincia como Pedro Báez, que era ministro y luego diputado provincial. Por eso, aprovechándose de esa situación, tenía vínculos con distintas empresas. Esto definió un entramado para adquirir recursos ilegalmente y también para encubrir u ocultar estos ilícitos. No fue un robo de un objeto, donde se hizo un allanamiento y se descubrió. Hubo toda una logística contable para adquirir estos recursos, como ya lo vimos en la causa donde fue condenado Báez en su vinculación con Global Means, sino con otras empresas con Germán Buffa, con la exesposa de Buffa. Esto hizo que los entonces investigadores que hoy son vocales de juicio, Juan Malvasio y Santiago Brugo, tuvieran la dificultad de tener información a lo largo de este año.
• Riquelme era socia de Innova Turismo SRL y no aportó información de cuentas bancarias e informaciones, sino que Fiscalía tuvo que salir a buscarla. Todo este entramado llevó su tiempo.
• Tampoco hubo declaraciones juradas de Báez en ciertos periodos de su función pública, lo que dificultó la investigación. Báez, durante su mandato como diputado provincial (2015-2019), poseía fueros, lo que impidió allanamientos a su domicilio en ese periodo. No aportó su teléfono, computadora personal ni chats con Buffa.
• En cuanto al desvío de fondos de pauta oficial, los fiscales sostuvieron que Báez, como ministro de Cultura (previamente Director de Información Pública), era quien decidía el pago de la pauta publicitaria del Gobierno. Estos pagos se realizaban a sociedades estrictamente vinculadas a Buffa, su exesposa y socios con los mismos integrantes y domicilios fiscales, lo que sugiere una administración unificada. Se mencionan específicamente las empresas Global Means, Nuevo Contacto SA, Mega Eventos y Nueva FM Litoral como beneficiarias de esta pauta publicitaria. Se investigaron pagos realizados por distintos organismos del Estado (SIDECREER, IAFAS, IAPSER, entre otros) a estas empresas. BTS SA era una empresa que no se conocían los socios pero que fue beneficiaria de pauta oficial desde 2006 hasta 2016 y figuraba uno de los hijos de Báez como empleado.
• Hubo sospechas de compra de barcos, de dólares, inversiones en bolsas de valores, de sociedades, y con la particularidad de que no había declaraciones en AFIP, solamente DDJJ de 2008, 2011 y 2016, pese a ser funcionario público. Si hubiese estado la información no hubiese llevado tanto tiempo. No solo es un indicio de ilicitud, sino que también dificulta la investigación.
• En el medio tuvimos la pandemia, que no cesó la actividad del MPF, pero no se informaba desde muchos organismos del Estado, directamente, sin embargo, se insistió y se logró recaudar información.
• Este delito lleva sus años de investigación porque los acusados tienen recursos que no tienen las personas que vemos a diario en Tribunales ¿Estos casos quieren que no investiguemos? ¿Estos casos quieren cerrar, de funcionarios públicos que fueron puestos en un lugar para servir al pueblo y lo que pudimos constatar es que llevaron recursos para su patrimonio?
• Todo esto es el panorama con que se encontraban los hoy vocales Brugo y Malvasio. Cajas y cajas de documentación que tuvimos que analizar para enviar a juicio.
• En el sistema Sirirí, todos los movimientos que ininterrumpidamente tiene esta causa. No cesó ni un minuto ni con pandemia. Se analizaron los archivos de celulares y computadoras secuestradas. Casi 400 conversaciones, mil llamadas, mil documentos, archivos de audio. Son alrededor de 70 páginas de medidas que solicita la Fiscalía, no solo migraciones, aerolíneas, organismos públicos, contaduría de la provincia, todo lo atinente a la pauta publicitaria de todos los organismos. Se hicieron tasaciones con Fiscalía de Estado de los inmuebles.
• No corresponde realizar una pericia contable del STJ. No se pidió antes, sino cuando está finalizando la investigación.
• Tuvieron oportunidad de evaluar toda la prueba, la defensa designó peritos contables, Bernabé y Enríquez, que aceptaron el cargo el 4 de agosto de 2022. No solo que tuvieron acceso a la investigación, sino que se fijaron plazos para entrevistas con el contador del MPF Juan Pablo Granero para definir los puntos contables, presentaron un informe que luego ameritó otro informe ampliatorio que eran disidentes de la pericia del perito del MPF, entonces se hizo un nuevo informe que tuvo también la defensa la posibilidad de analizarlo. Pero no se discute el contenido, sino cómo se valora la prueba.
Por último, Velázquez replicó: “No fui notificado todavía de la remisión de la causa a juicio”. Dijo que en el caso de Sofía Riquelme “pasaron siete años desde la notificación hasta el pedido de indagatoria”. Consideró que “está claro que acá no hay una complejidad de empresas. La única empresa concreta es Innova Turismo. Global Means tiene que ver con una negociación incompatible. El resto es parafernalia que no hace a la cuestión de la complejidad”.
Además, planteó “una cuestión de género: Riquelme está acá por ser la cónyuge de Báez”, y citó el precedente de la Cámara de Casación cuando la jueza Evangelina Bruzzo no se excusó de intervenir en el Megajuicio por “la escisión de la actividad de esposo y esposa”. “Acá Riquelme está acá por ser la esposa de Báez”, agregó el defensor.
La jueza de Garantías, Elisa Zilli, informó que analizará los planteos realizados por las partes, y solicitó todas las cajas de documentación del legajo de Fiscalía, para luego dar a conocer su resolución al respecto.