Entre Ríos

Megajuicio: «Me cuesta entender el fallo», dice el exjuez Perotti

“Me cuesta aceptar lo que se ha resuelto”, afirma Hugo Perotti, exvocal de la Cámara de Casación Penal de Paraná, en referencia al fallo dividido de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que habilitó el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación al exgobernador Sergio Urribarri en la causa del megajuicio, en la que recibió una condena a 8 años de cárcel, y de ese modo frenó la posibilidad de que esa pena se pueda efectivizar y terminar con sus huesos en un calabozo.

Los votos de los vocales Germán Reynaldo Carlomagno -vocal de la Sala Laboral-  y de Gisela Nerea Schumacher -vocal de la Sala Civil y Comercial- habilitaron el camino a la Corte para Urribarri, con la disidencia del tercer juez, Miguel Ángel Giorgio -vocal de la Sala Penal- que se inclinó por el rechazo a la petición del exgobernador. “Es una decisión extremadamente criticable porque efectivamente se aparta de la jurisprudencia. Hay un fallo condenatorio del tribunal de juicio, un fallo de la Cámara de Casación y de la Sala Penal y estaba el camino habilitado para que la condena sea efectiva, solo que ahora la Sala Penal habilita la vía extraordinaria de la Corte”, planteó Perotti en declaraciones al programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7.

Con esa decisión, la Sala Penal inhibiría la posibilidad de que a Urribarri, y al exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Baez, y al cuñado del exgobernador, Juan Pablo Aguilera, se les aplique prisión preventiva tal como había solicitado en abril último la Fiscalía. Perotti señala que hay una opinión en la Justicia entrerriana que entiende que cuando se agota la vía ante la Corte recién se pueden efectivizar las condenas. El exjuez tiene una mirada distinta. “Si usted me pregunta, le voy a decir que la efectivización o la ejecución de la sentencia estaba habilitada mucho tiempo antes, sin llegar a esta instancia. Pero de todas maneras, poniéndonos en la realidad judicial, desde el momento en que la Sala Penal rechazó aquel recurso de queja, hace cuatro, cinco, seis meses atrás, ya se habilitaba porque así era la jurisprudencia que tenía la Sala Penal desde tiempo atrás”.

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